Política Institucional para el Proceso de Bajas
Introducción
EI Departamento de Educación Federal (DE) ha reglamentado el proceso de bajas en las instituciones que reciben fondos de Título IV. Esta reglamentación establece que las instituciones están obligadas a devolver, rembolsar o recalcular los fondos de Título IV de acuerdo al tipo de baja y la fecha en que esta acontece. La institución conforme a lo requerido establece esta política de manera que se cumpla con la reglamentación.
Los tipos de bajas a las cuales le aplica la reglamentación del DE son las totales y parciales. Esto requiere que las instituciones establezcan normas y procedimientos para cumplir con la reglamentación en el proceso de bajas.
Este proceso requiere la participación de las oficinas de administración del recinto, Registraduría, Asistencia Económica, Recaudo y Servicios Estudiantiles así como cualquier otra unidad o funcionario que se le haya asignado alguna responsabilidad en el mismo. La responsabilidad primaria pertenece al profesor, ya que los datos de las bajas por no haberse presentado a clase provienen de ellos.
Los procedimientos del sistema de información, de igual forma, deberán estar diseñados para que respondan a las necesidades de las oficinas de servicio para el cumplimiento de esta reglamentación.
La Institución velará por que todos los funcionarios que participan en el proceso de bajas cumplan fielmente con las políticas establecidas a estos fines.
Política de Baja
Se considerará una baja cuando el estudiante interrumpe su actividad académica. La Institución reconoce cuatro categorías para registrar las bajas; estas son Baja Voluntaria (W), Baja Voluntaria No Autorizada (WF), Baja por No Asistencia (WN) y Baja Administrativa (WA).
Base Legal
Este documento se promulga en virtud de la autoridad conferida al Presidente de Dewey University por los estatutos institucionales y la Junta de Síndicos y cumpliendo con lo requerido en el Code of Federal Regulations, Título 34, Volumen 3, Sección 668.22. (34CFR668.22).
Aplicabilidad
Esta política, aplica a estudiantes y todo funcionario que directa o indirectamente esté relacionado al proceso de bajas.
Normas
Baja Voluntaria (W)
Baja Voluntaria se produce cuando un estudiante decide descontinuar sus estudios de forma oficial. El estudiante pasará por la Oficina de Consejería o Servicios al Estudiante para solicitar el formulario de baja. El estudiante someterá el Formulario de Baja ante la Oficina de Registraduría. Esta Oficina certificará las razones por las cuales él desea interrumpir sus estudios.
En los casos de baja voluntaria total, esta aplicará a todos los créditos matriculados. La Institución utilizará la fecha indicada en el Formulario de Baja como el último día de actividad académica relacionada para propósito de reembolso.
Dado el caso en que el estudiante procese su baja habiendo transcurrido más del 60% del término, la Institución tendrá el derecho de retener o cargar el 100% de los costos determinados.
Este tipo de baja afectará el porciento de créditos intentados y aprobados y el Promedio General Académico (GPA).
Baja Voluntaria No Autorizada (WF)
Baja Voluntaria No Autorizada se produce cuando un estudiante interrumpe su actividad académica sin autorización antes de concluir el término y sin la certificación de la Oficina de Registraduría. Existen dos criterios generales para determinar cuándo ocurrirá una Baja Voluntaria No Autorizada:
Todo estudiante que se ausente de forma consecutiva el 40% del curso sin haberse comunicado con el profesor o presentado excusa razonable será considerado como baja no autorizada. En estos casos el profesor no tendrá discreción para reinstalar al estudiante en la clase.
El profesor otorgará una Baja Voluntaria No Autorizada a aquel estudiante que haya dejado de participar en o antes de transcurrido el 60% de la clase. El profesor identificará estos casos con una codificación de “WF” como parte del registro oficial de notas. El profesor podrá reinstalar aquel estudiante que se reporte luego del 60% de la clase, siempre y cuando, a su juicio, el estudiante puede completar una experiencia académica de igual características a las ya ofrecidas. Esto no aplica aquellos que estudiantes que se ausenten de forma consecutiva el 40% del curso.
Este tipo de baja afectará el porciento de créditos intentados y aprobados y el Promedio General Académico (GPA).
Baja por No Asistencia (WN) NO SHOW
Si el estudiante no asiste a clases durante las primeras dos semanas del término, será considerado una Baja por no Asistencia (WN) (No Show).
Baja Administrativa (WA)
Si un estudiante no cumple con el requisito de Progreso Académico Satisfactorio o con los reglamentos que aplica a los estudiantes, la Institución clasificará a este estudiante como Baja Administrativa (WA).
En esos casos en que el estudiante no complete los cursos, como resultado de una baja Administrativa, recibirá una clasificación de WF.
Este tipo de baja afectará el porciento de créditos intentados y aprobados y el Promedio General Académico (GPA).